Por Gabriela Cruz

La semana pasada trascendió la sentencia aprobada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que invalida el delito de aborto en el Código Penal Federal y abre el camino para que instituciones federales de Salud, como IMSS, ISSSTE y PEMEX brinden el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten y resuelve que su personal médico no sea criminalizado por brindar el servicio. Esta resolución se dio gracias al amparo que promovió el Grupo de Información de Reproducción Elegida (GIRE).

No obstante, la Organización de la Sociedad Civil, GOBERNANZA MX, la cual trabajó por la despenalización del aborto en Quintana Roo, precisa que se trata de una despenalización Federal que NO es lo mismo que Nacional.

En entrevista, la Ministra de la Suprema Corte, Olga Sánchez Cordero, aclaró que el aborto es un delito que se sanciona desde el fuero común, es decir, son los tribunales estatales los que se encargan de perseguir esta conducta y son pocas las mujeres que están siendo procesadas en instancias federales.

Una excusa que ya no existe

Sin embargo, señaló que la trascendencia de este amparo es que las instituciones de Salud federales como IMSS o ISSSTE negaban el servicio de aborto en los estados donde ya estaba despenalizado, incluso en la Ciudad de México, bajo el argumento de que estaban regidas por el Código Penal Federal y, como éste seguía considerando al aborto voluntario como delito, NO prestaban los servicios a las derechohabientes. Ahora, esta excusa ya no existe. 

Por su parte, Francisco Cue, abogado de GIRE señaló que falta ver los efectos de la sentencia, porque hubo votos particulares de dos ministros; por lo que hay que esperar la elaboración de la versión final de la sentencia. A partir de entonces, se tendrán que tomar las medidas necesarias para proveer los servicios. La Suprema Corte tendrá que notificar al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión.

Ya no existe delito de aborto con Código Penal Federal

El abogado explicó que una vez que esto suceda, las instituciones de Salud federales, es decir, IMSS, ISSSTE, PEMEX y, en lo que termine el IMSS Bienestar, tendrán que prestar el servicio de aborto, aun cuando no sea legal en los estados; ya que su personal médico se rige por el Código Penal Federal, donde el delito de aborto ya no existe, y no podrán ser sometidos a proceso. Además, destacó que no será necesario que se presenten amparos locales, ya que el amparo que interpuso GIRE protege a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, es decir, niñas, adolescentes y personas trans.

Gobernanza MX advierte que esto puede ser muy tardado. Aún no se llega al objetivo que es LEGALIZAR EL ABORTO en todo México. Pero sin duda es un avance para que los gobiernos locales muevan sus leyes.

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Periodista y académica. Egresada de la UNAM, con experiencia de 20 años en medios de comunicación de Cancún. Docente a nivel posgrado, con maestría en Innovación y Gestión del Aprendizaje y doctorado...