Se trata de la controversia que interpuso Luis Gamero Barranco, después de que el Instituto Electoral de Quintana Roo, Ieqroo, emitiera los lineamientos para las candidaturas, porque al parecer, pretendería ser candidato en el próximo proceso electoral y figura en la lista de agresores políticos del INE.
El Tribunal Electoral de Quintana Roo, Teqroo, aprobó revocar un acuerdo del Instituto Electoral de Quintana Roo, Ieqroo, impugnado por Luis Gamero Barranco, porque lo dejaría fuera de una posible candidatura en el próximo proceso electoral, en 2024. Esto, derivado de los lineamientos que no permiten que, quienes estén con sentencia por Violencia Política en Razón de Género, VPG, como es su caso.
La ponencia fue del magistrado presidente, Sergio Avilés Demeneghi, que se topó con una férrea contra-argumentación de la magistrada Claudia Carrillo Gasca, quien votó en contra del proyecto.
No merma los derechos electorales: Avilés Demeneghi
“Con estas listas (registro del INE de personas que cometieron violencia contra las mujeres) las autoridades podrán saber quiénes han atentado contra los derechos de las mujeres, pero de ninguna manera merma en los derechos político electorales”, fue la tesis del magistrado presidente, pese a que la sala regional de Xalapa dejó en firme su sentencia, después de ser impugnada por el ex secretario del ayuntamiento de Othón P. Blanco.
«La ley no es a favor de los victimarios»
Y Carrillo Gasca argumentó que la ley no es favor de los victimarios, “sino a favor de las víctimas, la prueba le corresponde al acusado”, argumentó. “La verdad es que sí (la ponencia) lo está analizando, para erradicar la violencia en favor de las mujeres”, contestó Avilés Demeneghi.
Cuando la magistrada Maogany Crystel Acopa Contreras, quien secundó el proyecto que votó a favor, intentó argumentar la poneicia, recibió como respuesta de Carrillo que, «en todo caso, habría que modificar la ley y hacérselas llegar a los diputados». Y aclaró que actualmente existen restricciones incluso para los deudores alimenticios y, más aún, para quienes ejercieron violencia física y política contra las mujeres. “Hay una confusión del actor de lo que el modo honesto de vivir y el registro”, comparó.
Antecedente
Luis Gamero Barranco fue sentenciado a permanecer por cinco años y 4 meses en el registro nacional de personas que violentaron los derechos político-electorales de las mujeres, que tiene como fecha mayo de 2021, después de que el tribunal comprobara la agresión contra la actual alcaldesa Yensunni Martínez. “Es una lista constitucionalmente válida”, reiteró Carrillo.
Indebida interpretación
Avilés Demeneghi calificó que la sentencia y el proyecto son extralimitados y que su deber como juzgador es garantizar la tutela del derecho a ser votado y estudiar lo restrictivo. “Lo medular de los agravios radica en la indebida interpretación de la temporalidad en el registro de personas sancionadas”, e insistió. Contrariamente a lo que dijo Xalapa, para él, “no es una sanción”, dijo para razonar: «Sala Xalapa tuvo que haber individualizado y suspensión de derechos políticos”, dijo ante la extrañeza de la magistrada Carrillo Gasca que lo observó con suma atención. Y pidió de nuevo el uso de la palabra: “Estar sancionado es estar o no estar, está en la Ley de Instituciones, y en el artículo 17 es de la Ley de Instituciones del Estado”.
Y al final, el magistrado le reiteró: “ “Las cuestiones personales no se ven aquí”.
La votación fue 2 a 1, por lo que la parte agraviada deberá acudir nuevamente a la sala regional de Xalapa.
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