Chetumal, Quintana Roo.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) determinó por unanimidad de votos declarar la inexistencia de las conductas denunciadas en contra de Yensunni Idalia Martínez Hernández, en su calidad de otrora candidata a la Presidencia Municipal de Othón P. Blanco por la coalición Morena-PVEM-PT.

En este caso, fue el Partido Acción Nacional (PAN) el que presentó el Procedimiento Especial Sancionador PES/085/2024, por la supuesta colocación de propaganda electoral en periodo de veda electoral.

Al respecto, una vez realizado el análisis integral al material probatorio aportado por el partido y el recabado por la autoridad sustanciadora, en lo referente a la supuesta vulneración a la normativa electoral, por la colocación de propaganda electoral en periodo prohibido, no se acreditaron los elementos y finalidades que deben configurarse para actualizar una violación a las prohibiciones legales durante la veda electoral.

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Lo anterior, porque del acta de inspección ocular, únicamente se constató la existencia de la propaganda electoral denunciada, sin embargo, no existe en autos alguna otra prueba que acredite que la misma se haya fijado o colocado en periodo de veda electoral.

Mientras que el Recurso de Apelación RAP/116/2024, lo presentó Roxana Lilí Campos Miranda en su calidad de entonces candidata a la Presidencia Municipal de Solidaridad, en la coalición PAN-PRI ,en contra del acuerdo 179 del presente año, emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo), por medio del cual se determinó respecto de la medida cautelar, dentro del expediente PES 246 del índice de esa autoridad administrativa.

Sobre este recurso, el pleno, por unanimidad de votos lo desechó, debido a que la reparación que solicita la parte actora, resulta material y jurídicamente imposible, pues de conformidad con el calendario electoral, la etapa para realizar actos encaminados a la promoción y difusión de las candidaturas ha concluido.