Chetumal, Quintana Roo.- El pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) revocó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) en el que desechó la solicitud de registro de Alexander Harafad Dorado Dzul como aspirante a candidato independiente a la presidencia municipal de Othón P. Blanco.
Lo anterior, al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense JDC/008/2024, que fue presentado por el aludido contra el referido acuerdo, al señalar que el Ieqroo no analizó en conjunto los demás requisitos señalados para cumplir con los lineamientos establecidos.
A juicio de los magistrados, quienes votaron por unanimidad por el proyecto de sentencia, el aspirante intentó presentar los datos de la cuenta bancaria y copia simple del contrato de la cuenta bancaria, aperturada a nombre de la asociación civil “Caminemos con Dorado”, pero continuaban en proceso dentro de la sucursal 0202 del Banco Santander, con domicilio en Chetumal.
Por lo anterior, el Teqroo ordenó al Consejo General del Ieqroo, se pronuncie sobre la documentación presentada por el aspirante el día 23 de enero ante la Oficialía de Partes del instituto, sobre la asociación civil “Caminemos con Dorado”, dentro de las 24 horas a partir de la notificación de la presente resolución.
En caso de no existir otro impedimento, se ordena al Consejo General del Ieqroo emitir de manera inmediata un nuevo acuerdo en el que le otorgue el registro a la planilla que encabeza Dorado Dzul y, en caso, de proceder el registro, se vincula a dicho instituto y al Instituto Nacional Electoral (INE) para que en el ámbito de sus competencias, lleven a cabo las actividades necesarias para garantizar la recolecta de las firmas de apoyo por los 30 días para apoyar su candidatura independiente.
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Respecto al JDC/009/2024, éste fue promovido vía per saltum por Adrián Armando Pérez Vera en su calidad de aspirante a precandidato a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Solidaridad, en contra del dictamen de procedencia del registro de candidatos a presidente municipal por la Comisión Nacional de Convenciones y Procesos Internos del partido Movimiento Ciudadano (MC).
En su escrito, se asgura que el partido vulneró su derecho político electoral de ser votado y se le deja en estado de indefensión porque no se dictaminó favorable su solicitud de registro.
Al respecto, por unanimidad de votos, el pleno del Teqroo lo declaró improcedente, ya que previamente debió haber agotado las instancias de solución de conflictos al interior del partido, por lo que se reencauzó a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de MC, para que de conformidad con su normativa conozca y resuelva la queja.
