Chetumal, Quintana Roo.- Los magistrados Claudia Carrillo Orozco y Víctor Vivas Vivas se enfrentaron de nueva cuenta durante la sesión del pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo), al analizar el caso de la síndico Vanessa Piña Gutiérrez contra el Ayuntamiento de Bacalar.

Durante la sesión, en la que los magistrados analizaron el juicio de protección de los derechos político-electorales JDC/023/2044 y su acumulado 024/2022, interpuesto por Piña Gutiérrez, los magistrados discutieron sobre la propuesta de sentencia, la cual finalmente fue avalada por unanimidad, pero con voto concurrente de Carrillo Orozco.

La magistrada expresó su desacuerdo con el proyecto, al argumentar que el Teqroo carecía de competencia para juzgar decisiones organizativas o administrativas del Ayuntamiento, por lo que debió ser resuelto por el Tribunal de Justicia Administrativa.

“A juicio de la suscrita, este tribunal debió declararse incompetente para conocer los juicios de ciudadanía controvertidos. Este tribunal electoral es el órgano jurisdiccional especializado en materia electoral (…) Los tratamientos formulados, en realidad, forman parte del derecho administrativo, municipal, no de materia electoral, pues surgen del funcionamiento interno del ayuntamiento (de Bacalar)”, expuso durante la sesión.

Además, Carrillo Orozco aseguró que la decisión del Cabildo de Bacalar de revocar a Piña Gutiérrez sus atribuciones como apoderada jurídica del Ayuntamiento, se deben a una presunta “omisión de la servidora de cumplir con sus obligaciones, así como un conflicto de intereses” entre la síndico y el Ayuntamiento. Esto derivó que la Contraloría de Bacalar haya solicitado que le sea revocada la representación legal a la funcionaria, completó.

“Puesto que existe un procedimiento en materia de responsabilidad administrativa, que determinó la existencia de un conflicto de intereses entre la actora y el ayunta, actos que en primer término no son materia electoral y, en segundo término, no constituyen un obstáculo para el ejercicio de su cargo de elección popular, pues nunca dejó de ser síndica”, añadió.

Sin embargo, Víctor Vivas acusó a la magistrada Carrillo Orozco de revictimizar a la síndico, al afirmar que incumple con su labor, sin ser el Teqroo autoridad para determinar eso.

“Existe una obstaculización muy clara (del Cabildo), pues de nada sirve que ostente el cargo si no puede ejercer las funciones que la ley le otorga”, agregó.

Y después explicó que si bien la ley permite al Cabildo revocar las facultades en caso de un conflicto de interés, en este caso no hubo un proceso ante la instancia jurisdiccional que acredite esto, solo señalamientos en la sesión de Cabildo, donde ni siquiera Piña Gutiérrez pudo defenderse.

Después, la magistrada Claudia Carrillo acusó a Vivas Vivas que el Teqroo “no es para exponer temas personales”, y que ella solo había expuesto lo que la quejosa plasmó en el escrito de queja.

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Incluso, acusó al magistrado de incongruente al determinar que hubo un exceso y violación, sin acreditar una violencia política de género contra la mujer.

Por su parte, Vivas Vivas pidió al presidente del Teqroo, Sergio Avilés Demeneghi, que pida a la magistrada que evite alusiones personales.

En cambio, Avilés Demeneghi apoyó la propuesta de sentencia presentada por Vivas Vivas, al coincidir que el Teqroo es competente para desahogar el caso e, incluso, lo felicitó por su estructura en la propuesta, que fue aprobada por unanimidad, pro con voto concurrente de la magistrada Claudia Carrillo.