Por Abraham Gorostieta

 

Cancún, Quintana Roo.- El Congreso de Quintana Roo se hizo del lugar 23 de 32 Cámaras locales al aprobar con 23 votos a favor y por unanimidad la conocida Ley Olimpia que tipifica como delito la violencia digital.

Además añadió el capítulo 7o de violencia digital que sancionará de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 500 días de multa a quien difunda, publique, revele, comparta o altere contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, de naturaleza sexual o erótica de otra persona mayor de edad sin su consentimiento.

La Ley Olimpia recibe el nombre porque en 2014, en Puebla, fue difundido un video íntimo de Olimpia Coral Melo en distintas redes sociales y páginas web sin su consentimiento. Su expareja publicó las imágenes en redes sociales lo cual derivó en una campaña de acoso digital y desprestigio a Olimpia.

Junto con otras mujeres víctimas de acoso digital impulsaron una iniciativa de ley en el estado de Puebla, para reformar su Código Penal y tipificar la violencia digital como un delito.

No sólo quién difunda violencia digital en las redes sociales sino también los medios de comunicación serán sujetos a sanciones. También la Ley Olimpia sancionará el uso de medios de radiodifusión, telecomunicaciones, informáticos o cualquier otro medio de transmisión de datos que contacte a una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho y le pida o comparta imágenes, audio o video de actividades sexuales explícitas o actos de connotación sexual.

Las sanciones dependen de cada entidad aunque podemos decir que, por lo general, los congresos locales sancionan estos delitos con penas de cuatro a seis años de prisión y una multa de entre 42 mil 245 y 84 mil 490 pesos. Las penas se agravarán en una mitad cuando la víctima sea familiar hasta el tercer grado o haya existido una relación sentimental o de confianza, educativa o laboral entre el agresor y la víctima.

El Ministerio Público esta obligado, en cuanto identifique violencia digital, a ordenar de manera inmediata a las plataformas digitales, redes sociales o páginas electrónicas, la interrupción, bloqueo o destrucción del contenido. También sancionará a los servidores públicos que cometan alguna de las conductas marcadas en la ley.

El mismo día que el Congreso de Quintana Roo aprobó la Ley Olimpia, el Congreso de Jalisco hizo lo propio y se convirtió en el 24 estado en modificar su legislación para castigar la violencia digital. En Jalisco se castigará a quienes distribuyan contenido íntimo de una persona sin su consentimiento y las penas aprobadas consisten en de cuatro a ocho años de prisión, y multas de 86 mil a 173 mil pesos.